¿Qué indica la ley con respecto a días feriados y horas extras?

En el ámbito laboral chileno, los días feriados y el pago de horas extras son temas regulados por la legislación para garantizar los derechos de los trabajadores.


Aquí detallamos las condiciones aplicables a feriados, horas extras y excepciones.

Existen dos tipos de feriados en Chile:

  1. Feriados irrenunciables:

    • Son días en los cuales los trabajadores no pueden ser obligados a trabajar, salvo en situaciones especiales contempladas por la ley. 

Los feriados irrenunciables más comunes son:

  • 1º de enero (Año Nuevo).

  • 1º de mayo (Día del Trabajador).

  • 18 y 19 de septiembre (Fiestas Patrias).

  • 25 de diciembre (Navidad).

Otros feriados pueden ser declarados irrenunciables por la legislación.

En este caso, los trabajadores pueden ser convocados si su contrato lo especifica.

2 .   Feriados no irrenunciables:
  • Son aquellos en los que los trabajadores pueden ser convocados a trabajar si su contrato laboral así lo estipula.

¿Como se realiza el pago de horas extras?

El pago de horas extras en feriados se regula según la naturaleza del feriado y la jornada laboral del trabajador:

  1. Feriados irrenunciables:

    • Si un trabajador debe laborar en un feriado irrenunciable, las horas trabajadas se consideran extraordinarias y deben ser remuneradas con un recargo del 50% adicional sobre el valor de la hora ordinaria.

  2. Feriados no irrenunciables:

    • Si el turno de un trabajador cae en un feriado no irrenunciable, no se paga como hora extra, salvo que se exceda la jornada laboral semanal pactada en el contrato.

Ejemplo:

Un trabajador con una jornada semanal de 44 horas que trabaja 5 horas adicionales durante un feriado no irrenunciable debe recibir el recargo del 50% solo por las horas que excedan su jornada normal.



La regulación de feriados y horas extras está contemplada en el Código del Trabajo de Chile, específicamente en los artículos relacionados con jornadas laborales y feriados. Para más información, puedes consultar el sitio oficial de la Dirección del Trabajo en el siguiente link: 



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