¿Qué pasa si nadie quiere integrar el comité de administración?

Si no hay acuerdo para designar a los miembros del comité o no existen interesados para aquello, el primer administrador o el presidente del comité saliente deberá designarlos por sorteo. Solo los copropietarios que hubiesen desempeñado esa función con anterioridad podrán eximirse si son designados por sorteo. Art.17 de la Ley 21.442.


🤔 ¿Dudas?

Contacta a nuestro equipo de legal: 

Agenda Asesoría legal aquí 

Gracias por preferir ComunidadFeliz. 😉