Recomendaciones para que tus votaciones cumplan con la Ley 21.442

En el caso de que desees que las votaciones realizadas en ComunidadFeliz, cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 15 de la Ley 21.442, recuerda que debes cumplir con los siguientes requisitos:


  1. Remitir los antecedentes a la dirección o correo electrónico que los copropietarios  tengan registrados en la administración del condominio, esto con el fin de poder tener claridad de la consulta realizada.
  2. Exposición de la propuesta en una sesión informativa. En la cual no será necesario contar con el quórum.
  3. En el envío de la consulta deberá especificarse la materia que requiere acuerdo de la asamblea, adjuntando los antecedentes necesarios, citando a la sesión informativa y fijando un plazo para la remisión por escrito de la aceptación o rechazo por parte de los copropietarios.
  4. La consulta se entenderá aprobada cuando obtenga la aceptación por escrito de los copropietarios que representen el quórum exigido según la materia de que se trate.
  5. La consulta escrita debe ser realizada mediante un mecanismo que permita asegurar fehacientemente la identidad de quienes participen en la consulta.
  6. Recordar que cuando se trate de las materias referidas en la letra a) del numeral 2) y en el numeral 3) del art. 15 de la Ley 21.442, el acuerdo deberá reducirse a escritura pública.

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