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¿El comité de administración recibe un sueldo?

No hay que confundir sueldo con retribución, en este caso, el comité de administración puede acceder a una retribución, que consiste en un porcentaje de descuento en los gastos comunes de la comunidad, esta retribución se podrá llevar a cabo siempre que se encuentre establecida en el Reglamento de Copropiedad. Art.17 de la ley 21.442 y haya sido votado en una asamblea extraordinaria de mayoría reforzada.


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