¿Cómo se calculo del seguro cesantía (AFC)?

Las cotizaciones obligatorias al Seguro de Cesantía equivalen al 3% de la remuneración mensual imponible del trabajador. El seguro de cesantía tiene 3 facetas que dependen de la antigüedad del trabajador y el tipo de contrato.

Sugerencia

👉 ¿Por qué no aparece el seguro de cesantía en mi liquidación de sueldo?


Cuando el trabajador tiene menos de 11 años laborando para el empleador y contrato indefinido.

En este caso se descuenta al trabajador el solamente el 0,6% del imponible y el empleador aporta el otro 2.4%, del cual 1,6% va para la Cuenta Individual del empleado y 0,8% al Fondo de Cesantía Solidario.

 

Ejemplo:

Tenemos un trabajador con contrato indefinido que tiene empezó su contrato el 15/05/2019. Primero para corroborar estos datos hay que ingresar a la información del contrato del trabajador en “Editar salario”.

Inicio de Contrato

También es prudente revisar si está configurado el seguro de cesantía en el contrato.

tiene seguro de cs

Al momento de generar la liquidación se tiene lo siguiente en la Pre-visualización:

CS trabajador-1

Revisamos el Libro de Remuneraciones del periodo correspondiente, para visualizar los aportes del empleador. 

cs empleador

 

Comprobando el cálculo tenemos:

Total imponible= $300.000

Seguro de cesantía (0,6%) = 300.000x0,6% = $1.800

Aporte del empleador (2,4%) =300.000x2,4% = $7.200

 

A)Cuando el trabajador tiene más de 11 años laborando para el empleador y contrato indefinido.

En este caso el trabajador deja de cotizar el AFC y solo queda el aporte del empleador que paga la parte correspondiente al Fondo de Cesantía Solidario que es el 0,8% del imponible. De igual manera revisar el año de inicio del contrato para comprobar que efectivamente tenga más de 11 años laborando. El sistema leerá la información de la fecha del contrato y dejará de descontar el Seguro de Cesantía automáticamente.

 

Si un trabajador tiene un total imponible de $300.000 el empleador deberá aportar:

Solo Aporte del empleador (0,8%) = 300.000x0,8% = $2.400.

 

B)Cuando el trabajador tiene contrato a Plazo Fijo o por Obra.

En este caso el costo (3% del imponible) es totalmente cubierto por el empleador.  Este se divide en el 2,8% para la Cuenta Individual de mi empleado y 0,2% para el Fondo de Cesantía solidario. Si un tiene un total imponible de $300.000 el empleador deberá aportar:

 

Aporte del empleador (3%) = 300.000x3% = $9.000.

De igual manera si el trabajador tiene este tipo de contrato el sistema automáticamente no le descuenta nada al trabajador por seguro de cesantía.

 

Fuente:

https://www.afc.cl/empleadores-afiliacion/cotizaciones/


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