Este tutorial explica como funciona el beneficio a la trabajadora por Prenatal y Postnatal
Lo primero que se debe solicitar como empleador es un certificado de un médico/matrona que acredite el estado de la trabajadora.
Acerca de las duraciones de cada etapa, tenemos que:
Prenatal: 6 semanas (42 días) anteriores a la fecha probable de parto. Es importante que al momento que ya la matrona/doctor le indique a la trabajadora que está partiendo este período, le emitan una licencia médica electrónica dirigida hacia el empleador. Esto acredita el descanso ante el Compin (fonasa) para que ellos pasen a hacerse cargo del pago del sueldo de la trabajadora. Durante el período que esté con licencia, el empleador deja de pagar su liquidación de sueldo (o parcialmente si esta parte a mitad de un determinado mes), y el compin emitirá un pago a su nombre (generalmente en la forma de vale vista electrónico). La trabajadora debe consultar al compin (llamando es lo más efectivo) para saber cuando ya esté listo para ser retirado el pago, y la manera en que esto se puede hacer.
Nota: Si la fecha de parto se extiende a la fecha probable, no hay de que preocuparse, porque existe lo que se llama "Permiso prenatal Prorrogado o Suplementario:", que justamente extiende la licencia en estos casos.
Postnatal: La duración es de 12 semanas (84 días) contadas desde el nacimiento del/la hijo/a. El inicio de este deberá comprobarse con el correspondiente certificado de parto. Nuevamente, es importante preocuparte que te vayan emitiendo las licencias médicas y que no existan lagunas de fechas entre una y otra (porque sino es probable que el compin no pague esos días). En el fondo, siempre saber cuando termina la última licencia que le emitan e ir requiriendo nuevas licencias cuando la trabajadora note que se va a acabar pronto la última.
Permiso de postnatal Parental: Consiste en el derecho a descanso de maternidad, por un período que comienza a continuación del período de postnatal (una vez cumplidas las 12 semanas después del parto), y que puede ejercerse de las siguientes maneras:
La trabajadora puede optar por una de estas tres modalidades:
1- 24 semanas de descanso completo para las madres (postnatal normal más postnatal parental de 12 semanas a jornada completa), con un subsidio equivalente a la remuneración, con tope de 73,2 Unidades de Fomento (UF) brutas.
2- 12 semanas de descanso completo para las madres y, a continuación, 18 semanas media jornada. En esta segunda etapa se cancelará el 50% del subsidio (con tope de 36,6 UF).
3- 12 semanas de descanso completo para las madres. De las 12 semanas restantes en jornada completa pueden traspasar un máximo de seis semanas a los padres. Si las madres optan por la media jornada para esta segunda etapa, sólo pueden traspasar 12 semanas a los padres en la misma modalidad.
Podemos apreciar los tiempos de forma general en la siguiente imagen:
Para mayor información, puedes consultar:
Dirección del trabajo: ¿Cuánto dura el descanso prenatal y postnatal?
Superintendencia de Seguridad Social: Subsidio maternal prenatal
Superintendencia de Seguridad Social: Subsidio maternal postnatal
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