¿Cuál es la base de Cálculo para Finiquitos? (clon)
En esta sección, se detalla la base de cálculo aplicable a los principales conceptos indemnizatorios y de feriado, diferenciando según el tipo de jornada.
📄 Bases de Cálculo para el Finiquito (Ley Chilena)
1. 🧑💼 Base de Cálculo para Jornada Completa
A. Base para la Indemnización (Aviso Previo y Años de Servicio)
Según el artículo 172 del Código del Trabajo, la remuneración que debe considerarse para calcular la indemnización es la última remuneración mensual devengada, que incluye toda cantidad que el trabajador estuviere percibiendo por causa de la terminación del contrato, con exclusión de las horas extraordinarias y de las asignaciones familiares.
| Componentes Legales a Incluir | Criterio de Monto |
| Sueldo Base | Se considera la última remuneración. |
| Comisiones, Gratificaciones, Bonos Variables | Si fueron variables, se considera el promedio de los últimos tres (3) meses trabajados. |
| Asignaciones de Colación y Movilización | Se incluyen si se pagan mensualmente, se consideran si corresponden al último mes devengado o el promedio de los últimos tres (3) meses si son variables. |
Cálculo de Promedios (Remuneraciones Variables)
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Periodo de Referencia: Los promedios de las remuneraciones variables se obtienen de los últimos tres meses completos trabajados.
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Exclusión de Meses: No deben considerarse aquellos meses en los que el trabajador haya tenido licencia médica o días de descuento, pues se debe obtener la remuneración completa.
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Menos de Tres Meses: Si la antigüedad es inferior a tres meses, se considera la remuneración pactada en el contrato (Sueldo Base + Variables/Asignaciones).
B. Base para el Feriado Proporcional (Vacaciones)
La base para el feriado legal y proporcional se calcula conforme al artículo 71 del Código del Trabajo, que establece el pago de la remuneración íntegra.
| Componentes Legales a Incluir | Criterio de Monto |
| Sueldo Base | Se considera la última remuneración. |
| Comisiones, Bonos Variables | Si fueron variables, se considera el promedio de los últimos tres (3) meses trabajados. |
| Asignación de Colación y Movilización | La legislación no exige expresamente su inclusión, pero la Dirección del Trabajo y la jurisprudencia tienden a considerarlas cuando se pagan de forma permanente y no solo como reembolso de gastos. Su inclusión es habitual para evitar controversias. |
Cálculo de Promedios (Remuneraciones Variables)
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Periodo de Referencia: Se consideran los últimos tres meses completos de trabajo.
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Exclusión de Meses: Deben excluirse los meses con licencia o días de descuento. También, la liquidación del último mes, si es incompleta.
Ejemplo de Aplicación (Cálculo Simulada)
| Mes | Días Trab. | Días c/ Lic. | Sueldo Base | Comisiones | Movilización | Colación |
| Jul | 30 | 0 | $529.000 | $30.000 | $50.000 | $50.000 |
| Ago | 0 | 30 | $0 | $0 | $0 | $0 |
| Sep | 30 | 0 | $529.000 | $30.000 | $50.000 | $50.000 |
| Oct | 30 | 0 | $529.000 | $25.000 | $50.000 | $50.000 |
| Nov | 14 | 0 | $529.000 | $0 | $23.333 | $23.333 |
Análisis de Meses:
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Meses a Omitir: Noviembre (incompleto) y Agosto (licencia).
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Meses Completos para Promediar: Julio, Septiembre y Octubre.
| Concepto | Promedio (Julio, Septiembre, Octubre) |
| Sueldo Base | $(529.000 + 529.000 + 529.000) / 3 = \$529.000$ |
| Comisiones | $(30.000 + 30.000 + 25.000) / 3 = \$28.333$ |
| Movilización y Colación | $(50.000 + 50.000 + 50.000) / 3 = \$50.000$ |
| Base de Cálculo Final | Suma de Componentes |
| Base para Indemnización (Incluye Mov. y Col.) | $\$529.000 + \$28.333 + \$50.000 = \$607.333$ |
| Base para Feriado Proporcional (Sin Mov. y Col. en este ejemplo) | $\$529.000 + \$28.333 = \$557.333$ |
2. ⏱️ Base de Cálculo para Jornada Parcial
A. Base para la Indemnización por Año de Servicio (Reajuste IPC)
Para trabajadores a tiempo parcial, la base debe ser objeto de reajuste en función de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), según lo establecido en el Código del Trabajo.
Elementos a Considerar:
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Salario diario.
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Número de días trabajados al mes.
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Factores del IPC (obtenidos del SII).
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Movilización y Colación, si corresponden.
Fórmula de Reajuste (si trabajó más de un mes):

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Nota: Si el contrato ha durado solo un mes, no se requiere reajuste por IPC.
B. Feriado Proporcional (Jornada Parcial)
El cálculo del feriado proporcional para la jornada parcial se basa en el sueldo diario del trabajador.
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Este cálculo suele estar configurado y ser efectuado automáticamente por el software de remuneraciones, por lo que no es habitual que se requiera ingresar una base de cálculo manual adicional. Puedes revisar el artículo en este link
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